InsolvenciaPersona natural no comerciante y pequeño comerciante

Salga de sus deudas con un acuerdo legal

Negociamos con todos sus acreedores en una sola audiencia, con un conciliador autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Audiencias virtuales para todo el territorio nacional.

  • Persona natural no comerciante
  • Pequeño comerciante
  • Ley 2445 de 2025
  • 100 % virtual en toda Colombia

Calcule el valor de su trámite

La tarifa se fija en salarios mínimos según el capital total que usted adeuda, sin contar intereses. Escriba la suma del capital de todas sus deudas.

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Sume solo el capital de cada crédito, sin intereses ni multas. Tome los saldos al último día del mes anterior.
Salario mínimo 2026
Su deuda equivale a—
Rango de la deuda—
Tarifa—
Valor—
IVA 19 %—
Valor total del trámite (IVA incluido)$0
Recuerde: este trámite debe adelantarse con abogado. Si todavía no tiene uno, indíquelo en su solicitud y lo orientamos.

Valores calculados con el salario mínimo 2026 y redondeados hacia abajo. El centro le confirmará el valor definitivo al revisar su solicitud.

Tarifa por rango de deuda

Cada columna es un rango de deuda en salarios mínimos, con su valor total (IVA incluido). La que se ilumina corresponde a su deuda; puede tocar cualquiera para verla.

Deuda (SMLMV)Deuda en pesosTarifa (SMLMV)ValorIVATotal

Descargue los formatos

Diligéncielos en su computador, fírmelos y envíelos con sus soportes en la categoría Envíe su solicitud. Son modelos de apoyo que usted puede ajustar, porque la ley no permite imponer formatos inmodificables. Si prefiere no usarlos, puede diligenciar el formulario en línea.

Modelo sugerido

Solicitud de negociación de deudas

Causas de la insolvencia, propuesta de pago, relación de acreedores, bienes, procesos judiciales, ingresos y gastos.

Descargar Word
Modelo sugerido

Declaración juramentada

Confirma su calidad de persona natural no comerciante o pequeño comerciante y la veracidad de la información.

Descargar Word
Obligatorio

Poder especial

Autoriza al abogado que adelantará el trámite en su nombre ante el centro de conciliación. Este proceso debe llevarse con abogado.

Descargar Word

Documentos que debe adjuntar

  • Copia de su documento de identidad.
  • Soportes de cada deuda: extractos, pagarés, certificados de deuda o paz y salvos.
  • Certificado de ingresos, desprendibles de nómina o declaración de ingresos.
  • Certificados de tradición de inmuebles y tarjetas de propiedad de vehículos, si los tiene.
  • Copia de las demandas o procesos de cobro en su contra, si existen.
  • Poder especial otorgado a su abogado.
  • Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
  • Si tuvo sociedad conyugal o patrimonial liquidada en los últimos 2 años, la escritura o sentencia de liquidación.
  • Pequeño comerciante: constancia de matrícula mercantil y soporte del valor de sus activos.

Cómo sigue el trámite

  1. Usted radica la solicitud con sus soportes y el poder de su abogado.
  2. El centro designa un conciliador en insolvencia.
  3. El conciliador revisa la solicitud y, si falta algo, le indica qué debe corregir.
  4. Se acepta el trámite y se cita a todos sus acreedores a la audiencia de negociación.
  5. Se negocia la propuesta de pago y, si se aprueba, se firma el acuerdo.

Envíe su solicitud de insolvencia

Si ya diligenció los formatos, déjenos sus datos de contacto y adjunte todos los documentos en un solo archivo PDF. Al enviar, verá en una ventana su número de solicitud de insolvencia y le llegará también a su correo.

Su tipo de trámite
Datos del solicitante
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Documentos en un solo PDF *Una todos sus documentos en un único archivo PDF de máximo 20 MB, en este orden:
  1. Solicitud de negociación de deudas
  2. Declaración juramentada
  3. Poder especial
  4. Cédula del deudor y del abogado
  5. Soportes de las deudas
  6. Certificado de ingresos y REDAM
  7. Bienes, procesos y demás anexos
Arrastre aquí su PDF o haga clic para seleccionarlo

Solo se admite un archivo PDF. Si tiene varios documentos o fotos, únalos primero con una aplicación para unir PDF.

Peso máximo: 20 MB. Si su archivo pesa más, envíelo al correo fundacionxander@gmail.com indicando su número de solicitud.
    Los campos con * son obligatorios.

    Formulario de solicitud de insolvencia

    Complete la solicitud en línea con la información que exige el trámite de negociación de deudas. Al registrar los datos del solicitante y del abogado recibirá un número de formulario; desde ahí todo se guarda automáticamente y puede retomarlo cuando quiera.

    ¿Ya empezó su solicitud?Retome o modifique el formulario con el número que llegó al correo del abogado y la cédula del apoderado.

    Si la solicitud se hizo sin abogado, escriba la cédula del solicitante.

    Tipo de deudor
    Datos personales
    AcreedoresRelacione todas sus deudas con corte al último día del mes anterior, en orden de prioridad (alimentos, laborales, impuestos, hipotecas, prendas y demás). Si no conoce un dato, déjelo en blanco.
    BienesRelacione cada bien indicando si es mueble (vehículos, cuentas, enseres, acciones) o inmueble (casa, apartamento, lote). Si no tiene, deje este espacio vacío.
    Ingresos y gastos
    $

    Egresos mensualesAgregue cada gasto mensual: alimentación, arriendo, servicios públicos, transporte, educación, salud… El total de gastos de subsistencia se calcula solo.

    $
    Suma de los egresos indicados.
    Procesos judiciales en su contraProcesos de cobro, ejecutivos o coactivos. Agregue uno por cada proceso; si no tiene, deje este espacio vacío.
    Causas y propuesta
    SoportesOpcional ahora; se los pediremos si faltan.
    Arrastre aquí sus archivos o haga clic para seleccionarlos

    Cédula, extractos, certificados de deuda, desprendibles, poder…

    Peso máximo: 20 MB por archivo. Si un archivo pesa más, envíelo al correo fundacionxander@gmail.com indicando su número de solicitud.
      Los campos con * son obligatorios.

      Guías de insolvencia

      Lo que más nos preguntan sobre el trámite. Todo el proceso es virtual, para personas de cualquier ciudad del país.

      Lo que cambió con la Ley 2445 de 2025

      La ley reformó el régimen de insolvencia del Código General del Proceso, lo hizo más ágil y lo abrió a los pequeños comerciantes. Estos son los puntos que más le interesan como deudor.

      Tiempos del trámite

      1 día
      Para que el centro designe al conciliador.
      2 días
      Para que el conciliador acepte el cargo.
      3 + 5 días
      Revisión de la solicitud y plazo para corregirla.
      10 días
      Plazo para la primera audiencia tras la aceptación.
      60 días
      Duración de la negociación, prorrogable 30 días. Al pequeño comerciante se le puede prorrogar hasta 90 días más con la mayoría de los votos.
      5 años
      Plazo máximo del acuerdo de pago, salvo que lo amplíe más del 60 % de los votos.

      Sus acreencias

      • Debe estar en mora de 90 días o más con dos o más acreedores, o tener dos o más procesos de cobro o restitución en su contra.
      • Esas deudas deben sumar al menos el 30 % de su pasivo. Las libranzas que se pagan al día no cuentan.
      • El acuerdo se aprueba con dos o más acreedores que tengan más del 50 % de los votos, calculados solo sobre el capital.
      • Desde la aceptación se suspenden los cobros, embargos y descuentos de nómina (salvo alimentos), y no pueden cortarle los servicios públicos.
      • El trámite debe adelantarse con abogado. La ley lo exige cuando la deuda supera 40 salarios mínimos (), que es el rango en el que trabajamos.

      Pequeño comerciante

      Puede acceder la persona natural comerciante con activos totales inferiores a:

      1.000 salarios mínimos de 2026, sin contar la vivienda familiar ni el vehículo de trabajo.

      • Debe adjuntar la constancia de su matrícula mercantil.
      • Puede acceder aunque no esté al día con sus demás deberes de comerciante.
      • La aceptación y el acuerdo se inscriben en la cámara de comercio.

      Centros de conciliación en convenio

      Fundación Xánder y la Fundación Alianza Efectiva trabajan en convenio para atender los trámites de insolvencia de la persona natural no comerciante y del pequeño comerciante.

      CENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE FUNDACIÓN XÁNDERCONSTRUYENDO OPORTUNIDADES

      Habilitado por el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante la Resolución 0523 del 31 de marzo de 2026 para procedimientos de conciliación en derecho y arbitraje. Código de centro: 1860.

      Resolución
      0523 de 2026
      Código de centro
      1860

      CENTRO DE CONCILIACIÓN DE LA FUNDACIÓN ALIANZA EFECTIVAAUTORIZADO PARA CONOCER DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA ECONÓMICA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE

      Habilitado por el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante la Resolución 0204 del 20 de marzo de 2013 para Procedimientos de insolvencia de Persona Natural No Comerciante y pequeño comerciante. Código de centro: 1182.

      Resolución
      0204 de 2013
      Código de centro
      1182

      Estamos autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho para adelantar los procedimientos de negociación de deudas y convalidación de acuerdos de la persona natural no comerciante y del pequeño comerciante.

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