Civil
- Arrendamientos y restitución de inmuebles
- Deudas, préstamos y letras
- Daños y perjuicios, accidentes de tránsito
- Vecinos y propiedad horizontal
Conciliadores inscritos en nuestro centro, habilitado por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Sin juicio, más rápido y con plena validez jurídica. Audiencias virtuales en todo el territorio nacional.
Es la forma en que dos o más personas resuelven un conflicto por sí mismas, con la ayuda de un conciliador neutral e imparcial y sin pasar por un juicio. Está regulada por la Ley 2220 de 2022.
El conciliador escucha a las partes, ordena la conversación y propone fórmulas de arreglo. La decisión final siempre es de ustedes: nadie les impone un acuerdo.
En muchos asuntos civiles y de familia la ley exige intentar la conciliación antes de presentar una demanda. Si no hay acuerdo, el centro expide la constancia que le permite acudir al juez.
Las partes deben asistir a la audiencia y pueden hacerlo acompañadas de su abogado. La audiencia puede ser presencial o virtual.
Diligéncielos en su computador, fírmelos y envíelos con sus soportes al correo fundacionxander@gmail.com. Son modelos de apoyo que usted puede ajustar. Si prefiere no usarlos, puede diligenciar la solicitud en línea.
Datos de las partes, hechos, pretensiones, estimación de la cuantía, pruebas y anexos, dirigida al Centro de Conciliación y Arbitraje Fundación Xánder.
Descargar WordAutoriza al abogado que lo representará para presentar la solicitud y asistir con usted a la audiencia de conciliación.
Descargar WordRegistre a las partes, describa el conflicto y adjunte sus soportes desde el celular o el computador. Recibirá su número de radicado por correo.
Diligenciar en líneaComplete el formulario avanzando por cada pestaña. Al enviarlo recibirá el número de radicado en su correo.
Ingrese su número de documento y el número de radicado para ver el estado del caso, las audiencias y las citaciones.
Resuelva sus dudas según su caso. Todas las audiencias son virtuales y atendemos todo el territorio nacional.
Valores con IVA incluido, conforme a lo autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Una vez radicada la solicitud, el centro le confirma el valor a pagar.
Puede pagar por PSE, tarjeta, Llave Bancolombia, código QR o transferencia. Ver formas de pago.
Habilitado por el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante la Resolución 0523 del 31 de marzo de 2026 para procedimientos de conciliación en derecho y arbitraje. Código de centro: 1860.